El Consejo de Ministros del pasado 2 de diciembre ha aprobado un Real Decreto para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Aplazado en 2016, en julio de 2017 será obligatorio el sistema de Suministro Inmediato de la Información (SII). Se trata del nuevo modelo desarrollado por la Agencia Tributaria (AEAT) para la llevanza electrónica de los libros registro del IVA. Este sistema, obliga a la emisión y declaración electrónica, del detalle de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de 4 días naturales, incluidas las facturas simplificadas (tickets)
¿A quién afecta este nuevo sistema?
El nuevo SII es aplicable con carácter obligatorio a los sujetos pasivos que actualmente tienen obligación de autoliquidar el IVA mensualmente, entre los que se identifican:
Grandes empresas (cuya facturación anual es superior a 6.010.121,04 €)
Grupos societarios a efectos de IVA
Inscritos en el régimen de devolución mensual (REDEME)
Empresas que decidan sumarse voluntariamente a este nuevo modelo de gestión del IVA
¿Cuándo se aplicará el SII?
Las empresas deben adoptar el sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) que entra en vigor a partir del 1 de julio de 2017, y que establece un nuevo modelo de llevanza del IVA basado en suministro de la información en tiempo real de las transacciones comerciales. El objetivo de la Agencia Tributaria es lograr un incremento paulatino del colectivo de contribuyentes que se sumen a este sistema en los próximos años.
¿Qué normativa regula el SII?
La normativa que regula la implantación del Suministro Inmediato de Información, proviene de la Ley General Tributaria 58/2003 del 17 de diciembre, y de sus posteriores modificaciones:
- El 20 de Octubre de 2014, la Agencia Tributaria lanza una estrategia de modernización en la gestión del IVA, conocido como el SII.
- El 30 de Julio de 2015, el Ministerio de Hacienda, publica un Proyecto de Real Decreto para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en materia del IVA.
- El 22 de Septiembre de 2015, se publica en el BOE la Ley 34/2015 del 21 de Septiembre, como modificación parcial de la Ley General Tributaria 58/2003 del 17 de Diciembre.
- El 12 de Octubre de 2015, la Agencia Tributaria publica modificaciones realizadas por la Ley 34/2015 del 21 de Septiembre, como modificación parcial de la Ley General Tributaria 58/2003 del 17 de Diciembre.
- El 18 de Noviembre del 2015 se publica la modificación actualizada de la LGT y sus reglamentos en el BOE, que establece el día 1 de Enero de 2017 como fecha de entrada en vigor.
- El 2 de Diciembre del 2016 se aprueba en el consejo de Ministros el Real Decreto que contempla una serie de medidas destinadas a la prevención y corrección del fraude fiscal, fundamentalmente en el ámbito del IVA mediante la puesta en marcha del nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII).
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