Ayudas ADER 2015

ADER 2015. Abierta la convocatoria de ayudas.

Programa de ayudas para estructuras y sistemas (Linea TIC).
Fin de plazo de presentación de solicitudes: 30 de noviembre de 2015

Como en convocatorias anteriores, Ader dedica una línea de ayudas específica para inversiones en Tecnologías de la Información (TIC). Con efecto retroactivo 30 de mayo de 2015, se podrán subvencionar actuaciones con una inversión mínima de 4.000 eur. para empresas de menos de 10 trabajadores y de 6.000 eur. para empresas de 10 o más trabajadores. Las ayudas podrán alcanzar de forma general el 25% de la inversión solicitada.

¿Quienes pueden ser beneficiarios? 

Proyectos individuales: empresas, personas físicas o jurídicas válidamente constituidas, que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Se excluyen las sociedades civiles y las comunidades de bienes.
Proyectos colectivos: organizaciones públicas, semipúblicas o privadas que presten servicios a las empresas y agrupaciones empresariales.

Actuaciones subvencionables:

  1. La consultoría experta externa para la realización de:
    • Auditorías de seguridad de la información.
    • Adaptación a la Ley Orgánica de Protección de datos (LOPD).
  2. Los elementos nuevos activos materiales e inmateriales como:
    • Desarrollo web.
    • Software y aplicaciones de gestión.
    • Software de gestión avanzada inteligente.

Beneficios y limitaciones

  1. Auditorías de seguridad de la información y adaptación a la Ley Orgánica de Protección de datos (LOPD)
    • Porcentaje subvención: 25% (ayuda NO sometida al régimen de minimis)
    • Inversión máxima subvencionable por tipo de proyecto:
      • Auditorías de seguridad de la información: 5.000 euros.
      • Ley Orgánica de Protección de datos (LOPD):1.000 euros.
  2. Los elementos nuevos activos materiales e inmateriales como:
    • Proyectos web (punto 1 del anexo II)
      • Sólo subvencionable para PYMES
      • Porcentaje subvención: 35% (ayuda sometida al régimen de minimis)
      • Inversión máxima subvencionable para el proyecto web: 15.000 euros.
    • Software y Aplicaciones de gestión y Software de Gestión avanzada inteligente (puntos 2 y 3 del anexo II)
      • Porcentaje subvención: 25% para PYMES y 10% para Grandes empresas (ayuda sometida al régimen de minimis)

Factores que incrementan estos porcentajes de subvención:

  • La participación en los servicios asesoramiento ofrecidos por la ADER, incremento de un 5% en las inversiones relacionadas con el servicio de asesoramiento.
  • La acreditación de algún modelo de certificación en el ámbito de las relaciones laborales, la responsabilidad social corporativa, la conciliación de la vida familiar y laboral, planes de igualdad, empresas familiarmente responsables, sistemas de prevención de riesgos laborales y  OSHSAS 18001: incremento en un 0,5%

Limitaciones:

  • Equipamiento informático: Se subvencionarán un máximo de 3 puestos informáticos (ordenador sobremesa, portátil, tablets o similares) y un equipo multifunción, con independencia del número de acciones subvencionables que solicite la empresa.
  • Inversión máxima subvencionable en equipamiento informático, hardware y estructuras de soporte asociadas a la implantación de software o proyectos web: 40.000,00 euros.
  • Inversión máxima subvencionable total por expediente de ayuda: 150.000 euros para PYMES y 250.000 euros para grandes empresas.

Conceptos no subvencionables.

  • NO es subvencionable la adquisición exclusivamente de equipos informáticos.
  • NO son subvencionables los gastos de mantenimiento de los programas informáticos, los proyectos de actualización y mantenimiento de páginas web, la adquisición de teléfonos, móviles, fotocopiadoras, impresoras, fax, cámaras digitales, cámaras de video-vigilancia, televisores, etc.
  • NO son subvencionables los proyectos de páginas web corporativas o tiendas online que no se usen exclusivamente para dar a conocer, promocionar, comercializar los productos de la empresa y/o prestar servicios propios.
  • NO se subvencionarán gastos correspondientes a publicidad on-line (Google adwords, publicidad en redes sociales y publicidad en otras páginas web) ni la gestión de redes sociales (community managers).

Condiciones específicas línea TIC

  • Accesibilidad de los proyectos web: Deberán ser desarrollados con un nivel de accesibilidad que cumpla las prioridades 1 y 2 de la norma UNE 139803:2012. En la fase de justificación de la ayuda, se podrá realizar,  una auditoría para validar el cumplimiento del requisito de accesibilidad.
  • Contabilización de las inversiones: Las inversiones en elementos activos materiales e inmateriales (proyectos web, software y aplicaciones de gestión, software de gestión avanzada inteligente, estructuras de soporte y equipamiento informático) para que se puedan considerar subvencionables, en aquellos casos en los que exista obligación por ley, deberán estar activados y contabilizados como activos.
  • Grado de innovación de los proyectos: La empresa deberá describir en la solicitud de ayuda, la situación inicial de la empresa, el detalle del nuevo proyecto y justificar la innovación que supone para la empresa el proyecto planteado respecto a la situación inicial.

Otras condiciones

  • Sólo se puede presentar una solicitud de ayuda por convocatoria y ésta deberá incluir todas las actuaciones que quiera desarrollar la empresa.
  • Inversión mínima subvencionable empresas de menos de 10 trabajadores en la fecha de presentación de la ayuda: 4.000,00 euros.
  • Inversión mínima subvencionable empresas de 10 o más trabajadores: 6.000,00 euros.
  • Inversión mínima subvencionable por factura: 300 € (sin IVA).
  • Si el importe del proyecto subvencionable supera los 18.000,00 euros, el beneficiario debe presentar, en la fase de abono, tres ofertas de diferentes proveedores (incluida la del proveedor elegido) con fecha anterior al desarrollo del proyecto objeto de subvención.
  • El pago se deberá realizar mediante medios verificables documentalmente, por ejemplo, transferencias bancarias, cheques nominativos, pagarés, recibos domiciliados en cuenta, tarjetas de crédito de empresa. No se admitirá el ingreso en metálico realizado en la cuenta del proveedor.
  • Sólo será subvencionable el gasto efectivamente pagado antes de la finalización del plazo de justificación de la actuación subvencionable.
  • Posibilidad de presentación de la solicitud vía telemática a través de la Oficina Virtual de la ADER.

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